En corto: fondear sobre posidonia está prohibido con carácter general en las Illes Balears desde el Decreto 25/2018, de 27 de julio. Solo puedes largar el ancla en fondos sin planta, y en los campos de boyas regulados hay que amarrar a la boya sin echar el ancla al fondo. Incumplirlo es una infracción administrativa que se tramita por la Ley 42/2007 y por la Ley 5/2005 balear, y la cuantía se gradúa según la superficie de pradera afectada.
Qué es la posidonia y por qué la ley la protege
La Posidonia oceanica es una planta marina superior, con raíces, tallo, hojas y frutos. No es un alga: forma praderas que fijan el sedimento, oxigenan el agua y sirven de refugio y zona de cría a muchas especies. Es endémica del Mediterráneo, según la descripción oficial de la UNESCO, que habla de an important endemic species found only in the Mediterranean
.
La posidonia crece muy despacio, así que una pradera arrancada por un ancla no se recupera en una temporada. De ahí que la protección legal no se centre en la planta suelta, sino en la superficie de pradera que se destruye. Las praderas entre Ibiza y Formentera forman parte del bien Patrimonio Mundial Ibiza, biodiversidad y cultura, inscrito en 1999.
Dónde está prohibido fondear sobre posidonia
En las Illes Balears la prohibición es general y no depende de que estés dentro de un parque natural. El Decreto 25/2018 lo dice sin matices en su artículo 7.1.
Queda prohibido, con carácter general, el fondeo de embarcaciones sobre Posidonia oceanica. Decreto 25/2018, de 27 de julio, artículo 7.1
El mismo decreto prohíbe además el llamado fondeo incontrolado en su ámbito de aplicación (artículo 4.2.a). Fondeo incontrolado es el que se hace sin saber qué hay debajo ni con qué sistema se sujeta la embarcación. El artículo 7.2 añade que sobre posidonia solo es posible fondear utilizando sistemas de bajo impacto
, es decir, boyas y muertos instalados y autorizados para eso.
Donde el espacio protegido tiene su propio plan de gestión, manda ese plan si protege más que el decreto. El Decreto 25/2018 se aplica de forma subsidiaria allí donde no existe instrumento de planificación. Conclusión práctica: antes de fondear en una reserva marina o en un parque natural, consulta también las normas de ese espacio.
Cómo saber si debajo hay posidonia antes de largar el ancla
La cartografía oficial es la referencia legal, no el color del agua. El artículo 3.4 del decreto establece que las delimitaciones y el catálogo de praderas serán incorporadas a sistemas de información accesibles a los navegantes
. El anexo 3 enumera las fuentes cartográficas, incluido un visor de fondeo. Si dos fuentes se contradicen, se aplica la que cubra mayor superficie.
- Consulta el visor antes de salirAbre el visor de posidonia del IDEIB y localiza la cala a la que vas. Verás la pradera cartografiada y los perímetros de los campos de boyas.
- Mira si hay campo de boyas reguladoSi lo hay, reserva o amarra a una boya habilitada en lugar de fondear.
- Busca el claro de arena al llegarCon buena luz, la arena se ve clara y la pradera oscura. Da una pasada con el barco antes de largar.
- Comprueba el radio de giroCalcula dónde quedará la cadena cuando el barco borneé, no solo dónde cae el ancla.
- Vigila la tensión y vuelve a comprobarSi el viento rola, el barco barre otra zona. Levanta y repite la maniobra si la cadena ha quedado sobre la pradera.
Qué puedes hacer en un campo de boyas regulado
Los campos de boyas existen precisamente para fondear sin tocar la planta. La información oficial para navegantes del Govern balear es tajante: el patrón deberá amarrar la embarcación a las boyas habilitadas
y no podrá lanzar el ancla sobre el fondo marino
. Los perímetros de cada campo están en el anexo 1 del decreto y en el visor.
No todas las praderas admiten un campo de boyas. El artículo 7.2 lo prohíbe en las de mayor valor: En ningún caso se pueden habilitar campos de boyas ni boyas individuales en las praderas calificadas de alto valor
. Dentro de un campo de boyas, achicar sentina o verter residuos se considera circunstancia agravante, según el artículo 7.4.
| Situación | ¿Permitido? | Qué dice la norma |
|---|---|---|
| Ancla y cadena sobre arena, fuera de la pradera | Sí | La prohibición afecta al fondeo sobre la planta, no a los fondos sin pradera |
| Ancla sobre posidonia | No | Artículo 7.1: prohibido con carácter general |
| Ancla en arena con la cadena barriendo la pradera | No | Artículo 7.3: cadenas y otros elementos no pueden afectar a las praderas próximas |
| Amarre a una boya de un campo regulado | Sí | Hay que amarrar a la boya habilitada y no lanzar el ancla al fondo |
| Boya individual instalada por tu cuenta sobre la pradera | No | Artículo 8: los sistemas de bajo impacto requieren autorización |
Qué sanción te puedes llevar
El decreto no fija importes propios. Su artículo 13.1 califica el incumplimiento como infracción administrativa. La tramitación remite al artículo 80 de la Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Remite también a los artículos 50 a 52 de la Ley 5/2005 balear de conservación de los espacios de relevancia ambiental, conocida como LECO.
La cuantía sale de la graduación que hacen esas dos leyes. El artículo 13.3 del decreto remite al artículo 81.2 de la Ley 42/2007 y al artículo 55 de la LECO, y marca el criterio que más pesa en la práctica: se considerará especialmente la superficie de pradera de posidonia afectada o destruida
. Dicho de otro modo: la multa no es un importe fijo por fondear, sino el resultado de calificar el daño. Dos barcos iguales en la misma cala pueden acabar con sanciones muy distintas.
Quien levanta las actas es la Administración autonómica. El artículo 12 atribuye la vigilancia, la inspección y el control a la comunidad autónoma. Las ejerce a través de sus direcciones generales y del Servicio de Agentes de Medio Ambiente, sin perjuicio de las competencias del Estado, los consells insulars y los ayuntamientos. En temporada hay embarcaciones de vigilancia avisando por megafonía antes de denunciar.
Excepciones que recoge el decreto
El artículo 7.5 deja fuera de la prohibición tres supuestos: la fuerza mayor, la seguridad en la mar y los trabajos científicos o de gestión del espacio protegido debidamente autorizados. Si tienes que fondear por seguridad, fondea y luego documenta la situación. El artículo 4.4.c contempla también fondeos de pesca profesional con determinadas artes.
Fuera de Baleares no se aplica el Decreto 25/2018, porque es una norma autonómica. En otras costas manda la normativa del espacio protegido o de la reserva marina donde estés, además del régimen general de protección de hábitats de la Ley 42/2007. Antes de fondear en Cataluña, la Comunitat Valenciana, Murcia o Andalucía, conviene mirar las normas de la zona concreta.
Preguntas frecuentes
¿Me pueden multar por fondear sobre posidonia si solo paro una hora a comer?
Sí. El artículo 7.1 del Decreto 25/2018 prohíbe el fondeo sobre la planta sin establecer un tiempo mínimo. La duración no aparece como excepción, aunque la superficie afectada sí influye en la graduación de la sanción.
¿Cómo sé si estoy fondeando sobre posidonia?
Consulta el visor oficial de posidonia del IDEIB antes de salir y localiza los claros de arena de la cala. A la vista, la pradera se ve oscura y la arena clara, pero la cartografía oficial es la referencia legal cuando llega una inspección.
¿Qué pasa si el ancla agarra en arena pero la cadena roza la pradera?
El artículo 7.3 impide que las cadenas u otros elementos afecten a las praderas próximas. Por eso hay que calcular el radio de borneo completo, no solo el punto donde cae el ancla.
¿Puedo poner un muerto o una boya propia para no tocar la posidonia?
No por tu cuenta. El artículo 8 del decreto somete a autorización los amarres de bajo impacto y los campos de boyas, y el artículo 7.2 prohíbe instalarlos en praderas de alto valor. Lo que sí puedes hacer es amarrar a las boyas de un campo ya regulado.
En las prácticas de navegación el fondeo se hace de verdad, con el visor delante y eligiendo el claro de arena antes de largar cadena. Es la forma rápida de que la maniobra deje de ser teoría.
Fuentes
- Decreto 25/2018, de 27 de julio, sobre la conservación de la Posidonia oceanica en las Illes Balears (Govern de les Illes Balears)
- Información para navegantes sobre la normativa en los campos de boyas regulados (Govern de les Illes Balears)
- Visor de posidonia y campos de boyas del IDEIB
- Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad (BOE)
- Ibiza, Biodiversity and Culture, Patrimonio Mundial de la UNESCO
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